En la vía pública está prohibido:
I. Efectuar reparaciones a vehículos, salvo en casos de emergencia.
II. Organizar o participar en competencias, acrobacias y demás maniobras riesgosas.
III. Colocar, instalar, arrojar residuos que puedan entorpecer la libre circulación.
IV. Utilizar inadecuadamente, obstruir, limitar, dañar, colocar, deteriorar o destruir la señalización vial.
V. Colocar o instalar cualquier objeto o señalización para reservar espacios de estacionamiento.
VI. Cerrar u obstruir la circulación con vehículos, plumas, rejas o cualquier otro objeto.
VII. Utilizar símbolos y leyendas característicos de la señalización vial para fines publicitarios.
VIII. Colocar luces, dispositivos u objetos que confundan o distraigan a peatones o conductores.
IX. Efectuar trabajos en la vía pública sin contar con los dispositivos de desvío y protección de obra.
X. Mantener un vehículo estacionado, una vez que sea requerido su retiro por la autoridad.
XI. Abandonar un vehículo o remolque que se encuentre inservible, destruido o inutilizado.
Se entiende por estado de abandono, los vehículos que:
No sean movidos por más de 15 días y acumulen residuos que generen un foco de infección.
Participaron en un hecho de tránsito, no están en posibilidades de circular y no cuenten con el permiso correspondiente.
Los conductores que realicen las acciones antes mencionadas, serán sancionados:
Número | Sanción | Penalización en licencia |
X
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$71.68 a $716.8 y remisión del vehículo al depósito
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No aplica
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I
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$71.68 a $716.8 o 6 a 12 horas en arresto administrativo y remisión del vehículo al depósito
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No aplica
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VI, VII, VIII, IX
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$71.68 a $716.8 o 6 a 12 horas en arresto administrativo y remisión del vehículo al depósito
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No aplica
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III
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$788.48 a $1,433.6 o 13 a 24 horas de arresto administrativo y el retiro de los residuos
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No aplica
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V
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$788.48 a $1,433.6 o 13 a 24 horas de arresto administrativo y el retiro de los objeto o señalización
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No aplica
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II
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$1,505.28 a $2,150.4 y arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas y remisión del vehículo al depósito
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-6 ptos.
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IV | $1,505.28 a $2,150.4 veces y arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas y remisión del vehículo al depósito
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No aplica |
XI | $716.8 a $1,433.6 y remisión del vehículo al depósito
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No aplica |
Redacción: Andrea Ramírez