En los cruceros regulados por un agente o por promotores voluntarios de seguridad vial, debe detener su vehículo o avanzar cuando así lo ordene este.
En los cruceros regulados mediante semáforos, debe detener su vehículo en la línea de alto , sin invadir la zona para el cruce de los peatones o el área de espera ciclista cuando la luz del semáforo este en color rojo.
cuando la vía en que circule carezca de señalización que regule la preferencia del paso, o los semáforos se encuentren con luces intermitentes, estará obligado a cederlo a los vehículos que se aproximen por su derecha, salvo cuando la vía en que se circula sea mayor amplitud que la otra o tenga mayor volumen de tránsito.