Las Normas Oficiales Mexicanas de Salud Ambiental establecen límites permisibles para proteger la salud de la población ante los contaminantes atmosféricos. Este límite permisible equivale en el IMECA a 100 puntos, por lo que si el valor del IMECA es menor a 100 significa que hay menos riesgo de enfermarse y si es mayor 100 el riesgo se incrementa.