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Ceder el Paso de manera correcta
Sanciones
22 de Marzo, 2016
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  1. Los vehículos que se incorporan a los carriles centrales, en vías de acceso controlado deberán ceder el paso a los vehículos que circulan sobre la vía lateral, excepto cuando esté el tráfico detenido, ya que se alternará el paso bajo el criterio de “uno y uno”;
  2. Cuando los conductores circulen por una vía que no cuente con semáforos o se encuentren apagados: a) El que circule por una vía primaria tiene preferencia de paso sobre el que pretenda acceder a ella; b) Tienen la preferencia los vehículos que circulen sobre la vía con mayor amplitud; c) En vías de la misma jerarquía, tiene la preferencia el vehículo que circule en una calle o vía de doble sentido; d) En vías secundarias de un sólo sentido y cuando dos vehículos se encuentren en una intersección, se le cederá el paso al vehículo que se aproxime por su derecha; y e) Cuando en el cruce de dos vías secundarias con un sólo carril y dos vehículos se aproximen de forma simultánea, ambos deben alternarse el paso bajo el criterio de “uno y uno”.
  3. En las glorietas, el vehículo que se encuentre dentro de la misma, tiene preferencia de paso sobre el que pretenda acceder a ella;
  4. La vuelta continua, a la derecha y a la izquierda, está prohibida, excepto cuando exista un señalamiento que lo permita,
  5. En vías en las que exista reducción de carriles, tendrá preferencia el conductor del vehículo que circula sobre el carril que se conserva; en caso de congestión vial, deberán intercalarse uno a uno;
  6. En vías con pendientes donde no sea posible el paso simultáneo de dos vehículos, tiene preferencia de paso el conductor del vehículo que va en sentido ascendente.

Los conductores que no realicen las acciones antes mencionadas, serán sancionados:

 

Fracción Sanción Puntos de penalización en licencia
4 $716.8 a $1433.6 -3 Ptos.
1, 2, 3,5 $716.8 a $1433.6 -1 Pto.
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